NRV 18– Subvenciones, donaciones y legados recibidos

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Resumen

La NRV 18 establece los criterios contables para el reconocimiento y valoración de las subvenciones, donaciones y legados recibidos por la empresa. Estas aportaciones pueden ser monetarias o no monetarias y se clasifican en:

  • Reintegrables: Aquellas que la empresa debe devolver si no se cumplen ciertas condiciones.(BOE)
  • No reintegrables: Aquellas que no requieren devolución y se conceden sin condiciones que impliquen su retorno.

El tratamiento contable varía según esta clasificación y la finalidad de la aportación.


Explicación

1. Subvenciones, donaciones y legados no reintegrables

Se contabilizan inicialmente como ingresos directamente imputados al patrimonio neto y se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias de forma sistemática y racional en función de la finalidad para la que fueron concedidos:

  • Para financiar gastos específicos: Se imputan como ingresos en el mismo ejercicio en que se devengan los gastos que financian.
  • Para adquirir activos: Se imputan como ingresos en la cuenta de pérdidas y ganancias en proporción a la dotación a la amortización del activo financiado o, en su caso, cuando se produzca su enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja en balance.

2. Subvenciones, donaciones y legados reintegrables

Se registran como pasivos hasta que adquieran la condición de no reintegrables. Una vez cumplidas las condiciones para ser consideradas no reintegrables, se reclasifican como ingresos directamente imputados al patrimonio neto.

3. Aportaciones de socios o propietarios

Las subvenciones, donaciones o legados otorgados por socios o propietarios no se consideran ingresos y se registran directamente en los fondos propios, independientemente de su naturaleza.


Ejemplos prácticos

  1. Subvención para financiar un proyecto de investigación
    • Una empresa recibe una subvención no reintegrable de 100.000 € para financiar un proyecto de investigación que se desarrollará durante dos años.
    • Se reconoce como ingreso directamente imputado al patrimonio neto y se imputa a la cuenta de pérdidas y ganancias en proporción a los gastos incurridos en cada ejercicio.
  2. Subvención para la adquisición de maquinaria
    • Una empresa recibe una subvención no reintegrable de 50.000 € para adquirir una máquina valorada en 200.000 € con una vida útil de 10 años.
    • La subvención se reconoce como ingreso directamente imputado al patrimonio neto y se imputa a la cuenta de pérdidas y ganancias en proporción a la amortización anual de la máquina.
  3. Donación de un terreno por parte de un tercero
    • Una empresa recibe la donación de un terreno valorado en 300.000 € por parte de un tercero.
    • Se reconoce como ingreso directamente imputado al patrimonio neto y, al no ser un activo amortizable, no se imputa a la cuenta de pérdidas y ganancias, salvo que se produzca su enajenación o deterioro.
  4. Subvención reintegrable condicionada al mantenimiento de empleo
    • Una empresa recibe una subvención de 80.000 € condicionada al mantenimiento de una plantilla mínima durante tres años.
    • Se registra inicialmente como pasivo. Si al cierre del ejercicio se están cumpliendo las condiciones y no existen dudas razonables sobre su cumplimiento futuro, se reclasifica como ingreso directamente imputado al patrimonio neto y se imputa a la cuenta de pérdidas y ganancias según corresponda.

Estos ejemplos ilustran la aplicación práctica de la NRV 18 en diferentes situaciones relacionadas con subvenciones, donaciones y legados recibidos.