NRV 17 – Transacciones con pagos basados en instrumentos

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Resumen

La NRV 17 regula el tratamiento contable de las transacciones en las que una empresa recibe bienes o servicios como contraprestación por instrumentos de patrimonio propios, como acciones o derechos sobre acciones. Estas transacciones son comunes en programas de retribución al personal y en acuerdos con proveedores.


Explicación

1. Objetivo

Establecer los criterios para el reconocimiento y valoración de los pagos basados en instrumentos de patrimonio, asegurando que se reflejen adecuadamente en las cuentas anuales.

2. Ámbito de aplicación

Aplica a todas las transacciones en las que una empresa recibe bienes o servicios como contraprestación por instrumentos de patrimonio propios, incluyendo:

  • Planes de retribución al personal mediante acciones o derechos sobre acciones.
  • Acuerdos con proveedores que implican pagos en acciones.

3. Reconocimiento y valoración

  • Valoración inicial: Los bienes o servicios recibidos se valoran por su valor razonable en la fecha de concesión.
  • Reconocimiento: Se reconoce un gasto y un incremento en el patrimonio neto por el valor razonable de los bienes o servicios recibidos.
  • Modificaciones: Cualquier modificación en los términos de la transacción que aumente el valor de los instrumentos de patrimonio concedidos se reconoce como un incremento adicional del gasto.

4. Información a revelar

La empresa debe proporcionar información en la memoria de las cuentas anuales sobre:

  • La naturaleza y alcance de los acuerdos de pagos basados en instrumentos de patrimonio.
  • El método de valoración utilizado.
  • El efecto en los resultados del ejercicio.

Ejemplos prácticos

  1. Plan de retribución al personal con acciones
    • Una empresa concede a sus empleados opciones sobre acciones que podrán ejercitar en tres años.
    • El valor razonable de las opciones en la fecha de concesión es de 30.000 €.
    • Se reconoce un gasto de 10.000 € anuales durante tres años y un incremento en el patrimonio neto por el mismo importe.
  2. Pago a proveedor con acciones
    • Una empresa adquiere servicios de consultoría valorados en 15.000 € y acuerda pagar mediante la entrega de 1.000 acciones propias.
    • En la fecha de la transacción, el valor razonable de las acciones es de 15 € cada una.
    • Se reconoce un gasto de 15.000 € y un incremento en el patrimonio neto por el mismo importe.

Estos ejemplos ilustran la aplicación práctica de la NRV 17 en diferentes situaciones relacionadas con pagos basados en instrumentos de patrimonio.