Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

FISCALIDAD ESPAÑOLA PARA EMPRESAS>>Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

1. Resumen

El IVA es un impuesto estatal indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en cada fase de su cadena de producción y distribución. En 2025 mantiene el tipo general del 21 % y varios tipos reducidos (10 %, 4 %, 5 % y 0 % para casos muy concretos).


2. Explicación desarrollada

Hecho imponible y sujetos pasivos

  • Entregas de bienes, prestaciones de servicios, importaciones y adquisiciones intracomunitarias realizadas por empresarios o profesionales.
  • Se repercute al cliente y el empresario ingresa a Hacienda la diferencia entre IVA repercutido y soportado.

Tipos de gravamen vigentes en 2025

  • 21 % general.
  • 10 % reducido (hostelería, vivienda, algunos alimentos procesados, etc.).
  • 4 % superreducido (alimentos básicos, libros, medicamentos). Desde 1-1-2025 vuelven a 4 % productos que habían estado temporalmente al 2 % .
  • 5 % para la electricidad hasta 31-12-2024; desde 1-1-2025 la luz recupera el 21 %.
  • 0 % en entregas de bienes específicos (ej. donaciones a ONGs, determinadas vacunas) y operaciones intracomunitarias o exportaciones, siempre que se acrediten los requisitos.

Regímenes de liquidación

  • General (modelo 303): trimestral para la mayoría; mensual para grupos IVA, REDEME y grandes empresas (> 6 M €).(
  • Simplificado (módulos), recargo de equivalencia, agricultura-ganadería-pesca, criterio de caja, grupo de entidades, etc. (se aplican solo si se reúnen requisitos específicos).

Obligaciones formales

  • Facturación conforme al RD 1619/2012.
  • Registro: libros de facturas expedidas y recibidas; si se está en el Suministro Inmediato de Información (SII), los apuntes deben enviarse a la AEAT en 4 días hábiles (8 si es un tercero) a través de la sede electrónica

3. Contabilización típica (PGC 2021)

a) Venta nacional con IVA 21 %

Debe   430 Clientes ........................................ 12 100 €
       (total factura)

Haber  700 Ventas .......................................... 10 000 €
Haber  477 HP IVA repercutido (21 %) .......................  2 100 €

b) Compra nacional con IVA 21 %

Debe   600 Compras .........................................  6 000 €
Debe   472 HP IVA soportado (21 %) .........................  1 260 €

Haber  400 Proveedores .....................................  7 260 €

c) Liquidación modelo 303 (fin de periodo)

  1. Compensar IVA (si el repercutido supera al soportado): Debe 477 HP IVA repercutido ................. X € Haber 472 HP IVA soportado .................... X €
  2. Resultado a ingresar: Debe 477 HP IVA repercutido ................. 840 € Haber 4750 HP Acreedora IVA ................... 840 € (Si el soportado excede, el asiento se invierte y se usa 4754 HP Deudora).

d) Pago del impuesto (cargo en banco)

Debe   4750 HP Acreedora IVA ...............................  840 €
Haber  572 Bancos ..........................................  840 €

Para intra-UE adquisiciones se autorrepercute y se compensa simultáneamente (véase Ejemplo 2).


4. Fechas y modelos clave

ModeloQuién lo presentaPlazos ordinarios 2025-2026
303 (autoliquidación)Todas las empresas no exentasTrimestral: 1-20 abril, julio y octubre; 1-30 enero siguiente (4º T). Mensual (grandes): 1-30 mes siguiente (enero hasta último día feb.).
390 (resumen anual)Sujeto general/no SII1-30 enero 2026.
349 (operaciones intracomunitarias)Empresas con AIB/EIB > 50 000 € añoMensual (por defecto) o trimestral si < 50 000 €.
322 / 353Grupos de entidades (IVA)Mensual (20 primeros días mes).

Cuando se domicilia el pago, el límite bancario suele acabar cinco días antes del vencimiento general.


5. Ejemplos narrativos con asientos diferenciados

Ejemplo 1 – Operación interior habitual

  • Compra: mercancía 6 000 € + 21 % (1 260 €).
  • Venta: mercancía 10 000 € + 21 % (2 100 €).

Asientos (abreviados):

  1. Compra Debe 600 Compras............................ 6 000 Debe 472 IVA soportal....................... 1 260 Haber 400 Proveedor.......................... 7 260
  2. Venta Debe 430 Cliente........................... 12 100 Haber 700 Ventas.............................10 000 Haber 477 IVA repercutido.................... 2 100
  3. Liquidación del 1T-2025 (abril): IVA a pagar
    • IVA repercutido: 2 100
    • IVA soportado: 1 260
    • Diferencia: 840 €
    Debe 477 IVA repercutido..................... 840 Haber 4750 HP Acreedora IVA................... 840
  4. Pago (20-abril-2025) Debe 4750 HP Acreedora IVA................... 840 Haber 572 Bancos.............................. 840

Ejemplo 2 – Adquisición intracomunitaria de bienes (AIB)

  • Proveedor alemán envía maquinaria por 50 000 €.
  • Autorrepercusión al 21 % (10 500 €).

Asiento al recibir la factura:

Debe   600 Inmovilizado......................... 50 000
Debe   472 IVA soportado intracom................ 10 500
Haber  400 Proveedor UE.......................... 50 000
Haber  477 IVA repercutido intracom.............. 10 500

En la autoliquidación, los 10 500 € de 472 y 477 se compensan; el efecto neto en cuota es cero, pero la operación debe declararse en el modelo 303 y en el 349.

Ejemplo 3 – Exportación exenta (0 %)

  • Venta de productos a EE. UU.: 20 000 €.
  • Transporte acreditado (art. 21 LIVA), por tanto exenta con derecho a deducción.

Asiento de la factura:

Debe   430 Cliente............................... 20 000
Haber  700 Ventas................................ 20 000

No se contabiliza 477 porque la cuota es 0 €. Se sigue deduciendo el IVA soportado relacionado con la exportación.


6. Alertas 2025

  1. Fin de las rebajas COVID/energía: los alimentos básicos retornan al 4 % y la electricidad al 21 %. Ajusta precios de facturas y POS en enero.
  2. Transparencia del IVA en tickets: desde abril 2025 todos los comercios han de mostrar el peso de los impuestos en el tique, bajo riesgo de sanción.
  3. SII: comprueba que tus sistemas envían registros en 4 días hábiles; la AEAT cruza esos datos con el modelo 303.