Gastos con (y sin) IVA: guía contable práctica para 2025

Gastos con (y sin) IVA: guía contable práctica para 2025

Cómo saber cuándo registrar IVA soportado deducible, cuándo no deducirlo y cuándo ni siquiera aparece en la factura


1. Tres conceptos que marcarán tu asiento

Concepto¿Aparece IVA?¿Se puede deducir?Fundamento jurídico
Operación sujeta y no exentaSí (tipo 21 %, 10 %, 4 % o 0 %), siempre que sea necesario para la actividad y tengas factura completaArt. 4 y 95, Ley 37/1992 (LIVA)
Operación sujeta y exentaNo (exento)No (salvo que apliques prorrata)Art. 20 LIVA
Operación no sujetaNoNo procedeArt. 7 LIVA

2. Gastos típicos con IVA soportado deducible

ConceptoTipo habitualCuenta contableClave práctica
Compras de mercancías21 % / 10 %600-472Necesario que el proveedor emita factura con tu NIF y detalle de base + cuota.
Arrendamientos de locales21 %621-472Inquilino deduce; arrendador ingresa en 477.
Suministros (luz, agua)21 % / 10 %628-472Deducible al 100 % si el local es exclusivamente empresarial.
Servicios profesionales (asesoría, marketing, abogado)21 %627-472El justificante debe ser factura, no recibo.
Equipos y mobiliario21 % / 10 %213/217-472Soporte deducible y se amortiza el inmovilizado; revisar inversión CE y regla de bienes de inversión (art. 108 RIVA).

3. Gastos con IVA soportado NO deducible (o deducible solo en parte)

GastoMotivo de no-deducciónTratamiento
Bebidas y comidas con clientes (hosting)Art. 96 LIVA: atenciones a clientesRegistra el total a 629 y lleva la cuota a la misma cuenta (no uses 472).
Vehículos turismo y gastos asociados (carburante, peajes)Solo deducible al 50 % si pruebas afectación > 50 %; 0 % si uso privado claroUsa 472 solo por la parte deducible; resto a gasto.
Regalos publicitarios > 200 € por receptorDoble límite art. 96.3Cuota a gasto junto con la base.
Adquisición o alquiler de viviendas para directivosBienes no afectosIVA íntegro no deducible.
Reparaciones y entretenimiento en embarcaciones de recreoBienes no afectosÍdem.

4. Gastos exentos de IVA (factura sin cuota)

Gasto exento (art. 20 LIVA)Consecuencia contable
Seguros y reasegurosSe contabiliza solo la prima en 625; no hay 472.
Servicios financieros: intereses, comisiones préstamosSolo se registra el gasto financiero (662); sin IVA.
Formación reglada y servicios educativosGasto en 629; sin IVA.
Arrendamiento de viviendasPago a 621; sin IVA salvo opción de renuncia por arrendador sujeta a IVA (raro).
Servicios sanitarios y colegiados sanitariosHonorarios a 623; sin IVA.

Ojo prorrata: si tu empresa realiza actividades exentas y no exentas, el derecho a deducir IVA de otros gastos se ajusta por la prorrata general o especial (arts. 102-111 LIVA).


5. Gastos no sujetos (ni rastro de IVA)

  • Nóminas y Seguridad Social → 640/642
  • Impuestos y tasas (IAE, IBI, plusvalías) → 631/631X
  • Multas y sanciones → 678
  • Amortizaciones → 681
  • Dividendos y otros rendimientos financieros → 661

Estas partidas van directas a resultados; no conllevan cuota soportada.


6. Asientos ilustrativos

  1. Compra mercancías (deducible): 600 Compra de mercaderías 1 000 472 H.P. IVA soportado 210 400 Proveedores 1 210
  2. Comida con clientes (no deducible): 627 Gastos representación 100 410 Acreedores varios 100
  3. Alquiler turismo uso mixto (50 % deducible): 621 Arrendamientos 500 472 IVA soportado (*50 %*) 52,50 410 Acreedores 605 La otra mitad de IVA (52,50 €) se lleva a 621 junto a la base.

7. Checklist para cerrar el trimestre sin sustos

  1. Revisa facturas recibidas → que incluyan NIF, base, cuota y fecha.
  2. Clasifica cada gasto según tabla anterior; marca los no deducibles.
  3. Ajusta prorrata si tienes ingresos exentos > 0 %.
  4. Valida bienes de inversión (> 3.005 €) para ajustar deducción durante 5/10 años.
  5. SII (si estás en el sistema inmediato), remite libros en 4 días naturales.
  6. Archiva justificantes mínimo 4 años (prescripción) en PDF indexado.

En síntesis

  • Con IVA deducible: todo gasto necesario para la actividad, bien facturado y no vetado por art. 96 LIVA.
  • Con IVA no deducible: atenciones a clientes, turismos uso mixto y regalos de alto valor.
  • Exento: seguros, servicios financieros, formación reglada, vivienda.
  • No sujeto: nóminas, tributos, sanciones, amortización.

Dominar estas fronteras evita sorpresas en el modelo 303, mejora el cash-flow trimestral y reduce riesgos en una inspección.