FISCALIDAD ESPAÑOLA PARA EMPRESAS>Impuesto de Sociedades>Base imponible del Impuesto sobre Sociedades>Ajustes permanentes de la base imponible del IS>>Reducción por Reserva de Capitalización
(art. 25 LIS, modificada por la Ley 7/2024: pasa del 10 % al 20 % del incremento de fondos propios)
1 · Idea general
La reserva de capitalización premia a las sociedades que retienen beneficios en lugar de repartirlos como dividendos:
- se reduce la base imponible hasta un 20 % del incremento de fondos propios (FP) generado en el ejercicio;
- a cambio, debe dotarse en el patrimonio una reserva indisponible durante tres años.
Ejemplo rápido: si tus fondos propios crecen 200 000 €, podrás minorar 40 000 € de la base; al 25 % supone 10 000 € de ahorro de caja inmediata.
2 · Requisitos detallados
| Condición | Clave práctica |
|---|---|
| Incremento de FP | Diferencia positiva entre FP al cierre y al inicio, sin contar el resultado del ejercicio ni las variaciones por operaciones con socios (ampliaciones / reducciones) ni revalorizaciones de patrimonio neto. |
| Límite cuantitativo | 1) 20 % del incremento FP.2) No puede superar el 25 % de la BI previa a la propia reducción y a BINs. |
| Reserva indisponible | Debe dotarse con cargo al resultado del ejercicio antes de la aplicación (asiento explicado más abajo). |
| Mantenimiento | La reserva y el incremento de FP deben conservarse 3 años completos a partir del cierre. |
| Compatibilidad | Compatible con reserva de nivelación, incentivos I+D, etc. Se aplica antes de BIN y después de ajustes temporarios. |
3 · Contabilidad (a 31-12)
Supongamos:
Incremento de fondos propios 200 000 € · Reducción aplicable 40 000 €
Asiento de dotación
Debe 129 Resultado del ejercicio………………… 40.000
Haber 114X Reserva de capitalización…………… 40.000
(114X suele crearse como subcuenta específica para identificar la reserva.)
No hay impuesto diferido: la reducción es permanente si se cumplen los 3 años.
4 · Cálculo paso a paso (ejs. 2025, tipo 25 %)
- Base imponible previa (después de ajustes, antes de BIN): ………… 300 000 €
- Incremento FP: ………… 200 000 €
- Reducción máxima:
- 20 % de incremento FP → 40 000 €
- 25 % de BI previa → 75 000 €
→ Reducción aplicable = 40 000 €
- BI tras reducción: 260 000 €
- Cuota íntegra: 260 000 × 25 % = 65 000 €
Ahorro frente a tributar sobre 300 000 € = 10 000 €.
5 · Modelo 200 – dónde se anota
| Campo | Qué se pone |
|---|---|
| Disminuciones art. 25 LIS | -40 000 € |
| Reserva indisponible dotada (hoja de datos adicionales) | 40 000 € |
| Compromiso de mantenimiento | Marcar casilla “Sí” |
6 · Qué pasa si se incumple
| Evento antes de 3 años | Efecto |
|---|---|
| Disminuir FP (reparto de reservas, reducción de capital) | Integrar la reducción + recargo 5 % + intereses de demora. |
| Dotación insuficiente | Integrar la parte no dotada + recargo. |
| Error de cálculo posterior (auditoría) | Autoliquidación complementaria sin recargo si se ingresa antes de requerimiento. |
7 · Relación con otros incentivos
| Incentivo | Orden de aplicación |
|---|---|
| Reserva de capitalización | Antes de compensar BIN y de la reserva de nivelación. |
| Reserva de nivelación (ERD) | Después; su base se calcula sobre BI reducida por capitalización. |
| Reducción art. 105 Canarias (RIC) | Independiente; se aplica tras la capitalización. |
8 · Checklist para tu cierre
- Calcular el incremento real de fondos propios (sin resultados ni operaciones con socios).
- Comprobar que existe resultado distribuible suficiente para dotar la reserva.
- Registrar el asiento 114X / 129 antes de aprobar las cuentas.
- Anotar la reducción en el modelo 200 y en el acta de la junta.
- Programar recordatorio para mantener la reserva 3 años y evitar movimientos de FP que la erosionen.
Resumen en una línea
Guarda beneficios en la empresa, dota la reserva de capitalización, y podrás reducir un 20 % del aumento de tus fondos propios en la base imponible, pagando hasta un 5 % menos de Impuesto sobre Sociedades… siempre que mantengas intacta la reserva durante tres años.