FISCALIDAD ESPAÑOLA PARA EMPRESAS>Impuesto de Sociedades>Base imponible del Impuesto sobre Sociedades>Ajustes permanentes de la base imponible del IS>>Pérdida de valor (deterioro) del fondo de comercio
(art. 15 b) y art. 12.6 LIS · NRV 6ª PGC · NIC 36)
1. Idea clave
El fondo de comercio (goodwill) se deprecia fiscalmente a razón fija del 5 % anual desde 2015.
Cualquier deterioro contable adicional que reconozca la empresa no es gasto deducible: se considera un ajuste permanente positivo (art. 15 b) LIS).
2. Contabilidad
- Test de deterioro (al menos una vez al año).
- Si el valor recuperable < valor contable, se registra:
Debe 690 Pérdidas por deterioro del inmovilizado int. XX
Haber 217 Deterioro del fondo de comercio XX
El gasto figura en la PyG como “Pérdida por deterioro”.
3. Tratamiento fiscal
- Ajuste permanente
- En la conciliación del modelo 200 se suma el importe del deterioro al cuadro de «Aumentos permanentes art. 15 b)».
- No hay impuesto diferido: la pérdida nunca se podrá deducir.
- Amortización automática
- Hacienda ya permite deducir 5 % del valor fiscal del goodwill cada año, sin necesidad de registrar amortización en libros.
- Ese 5 % se refleja en el modelo 200 como disminución temporal (casillas art. 12.6) si contablemente no se amortiza o lo hace a un ritmo distinto.
Resultado: solo la amortización lineal del 5 % es deducible; el deterioro contable adicional, no.
4. Ejemplo numérico
Goodwill contabilizado 300 000 €
Test de deterioro 31-12-2025 muestra valor recuperable 240 000 € → deterioro 60 000 €
Asiento contable
Debe 690 Deterioro fondo de comercio 60.000
Haber 217 Deterioro acumulado f. de comercio 60.000
Ajustes en el IS 2025
- Amortización fiscal automática (5 %)
-15 000 € ⇒ resta temporal (se deduce). - Deterioro contable
+60 000 € ⇒ suma permanente (no deduce).
Efecto neto sobre la base imponible: +45 000 €
(60 000 – 15 000) → cuota adicional 11 250 € al 25 %.
5. Errores frecuentes
- Olvidar sumar el deterioro: provoca cuota insuficiente y riesgo de sanción.
- Crear impuesto diferido por el deterioro: incorrecto; es permanente, nunca revertirá.
- No aplicar la amortización fiscal del 5 % cuando el goodwill se mantiene.
- Revertir el deterioro contable al recuperar valor: la LIS tampoco permite deducir esa reversión porque el gasto nunca fue fiscalmente aceptado.
6. Buenas prácticas
- Mantener ficha separada con valor fiscal vs. contable del goodwill.
- Automatizar en el ERP la resta temporal fija del 5 % cada ejercicio.
- Documentar el test de deterioro (metodología, WACC, flujos) para auditor y memoria.
- Poner alerta en la hoja de conciliación: “Si cuenta 690 –217 > 0 ⇒ ajuste art. 15 b)”.
En síntesis:
El deterioro del fondo de comercio se resta en la contabilidad pero se suma en la base imponible; la única vía de deducción permitida es la amortización fiscal del 5 % anual. Mantén el control de ambos importes para evitar ajustes olvidados y diferencias con la AEAT.