FISCALIDAD ESPAÑOLA PARA EMPRESAS>Impuesto de Sociedades>Base imponible del Impuesto sobre Sociedades >>Diferencias temporarias
Definición formal (NRV 13ª PGC + IAS 12)
Una diferencia temporaria es la variación entre el valor contable de un activo / pasivo (o, en ocasiones, de un componente patrimonial) y su base fiscal –es decir, el importe que Hacienda tomará como referencia cuando ese elemento se realice, se consuma o se liquide.
- La diferencia se llama imponible cuando generará más base imponible en el futuro ⇒ origina un pasivo por impuesto diferido (DTL).
- Se denomina deducible cuando provocará menos base imponible futura ⇒ da lugar a un activo por impuesto diferido (DTA).
Clave: no miramos solo el ejercicio corriente, sino todo el horizonte en que el activo/pasivo dará lugar a efectos fiscales.
Pasos prácticos y detallados para gestionar las diferencias temporarias
| Paso | Qué hacer | Herramientas y consejos |
|---|---|---|
| 1. Cartografiar el balance | Hacer un listado por naturaleza: inmovilizado, existencias, clientes, impuestos, provisiones… | – Descarga de la balanza de sumas y saldos.– Para grupos, trabaja con el paquete de reporting IFRS si existe. |
| 2. Determinar la base fiscal | Pregunta: «¿Con qué importe considerará la AEAT este elemento cuando se realice?» | Guíate por la LIS:– Amortizaciones admitidas (arts. 12-13).– Provisiones deducibles (art. 13).– Valor fiscal de existencias (art. 28). |
| 3. Calcular la diferencia | Valor contable – Base fiscal → signo positivo = imponible, negativo = deducible | Usa una hoja de conciliación con columnas: cuenta |
| 4. Clasificar el tipo | Deducible o Imponible | Si dudas, piensa: «¿Cuando se recupere el activo pagaré más (imponible) o menos (deducible) impuesto?» |
| 5. Medir el impuesto diferido | Diferencia × tipo IS esperado (25 %, 23 % pymes, 15 % startups…) | – Si prevés cambios de tipo, aplica el tipo futuro.– Redondea al euro más próximo (NIC 12 53). |
| 6. Evaluar recuperabilidad (solo para DTAs) | ¿Hay beneficios fiscales suficientes (BIN, previsiones) para absorber la deducción? | – Construye un budget de 3-5 años.– Revisa límites de BIN (art. 26).– Si la probabilidad < 50 % ⇒ no registres el DTA (prudencia). |
| 7. Contabilizar | Deducible: Debe 4740/4745 Haber 6303 Imponible: Debe 6302 Haber 479 | Separa en subcuentas: 4740 – Temporarias ordinarias 4745 – Bases negativas 479 – Pasivo diferido |
| 8. Documentar y archivar | – Descripción de la diferencia.– Cálculo del DTA/DTL.– Evidencia de expectativas de recuperación.– Referencia normativa. | Forma parte del tax pack que el auditor revisará. Guarda durante 5 años. |
| 9. Revisar al cierre de cada nuevo ejercicio | – Recalcular el saldo de diferencias.– Actualizar tipo IS si cambia.– Dar de baja DTAs no recuperables. | Automatiza con check-list en cierre mensual; en el anual certifica el Director Fiscal. |
| 10. Control de reversión | Programar alertas para identificar cuándo el activo se realiza o el pasivo se liquida. | – ERP: campo “Años de reversión”.– Excel: cronograma por anualidades. |
| 11. Presentar en estados financieros | – Balance (Activos/ Pasivos diferidos).– PyG (6301+6302-6303 = gasto total IS).– Memoria: conciliación y movimiento de diferidos. | Sigue el formato de la Resolución ICAC 9-2-2016 (modelos abreviados y pymes tienen simplificación). |
Relación -guía de las diferencias temporarias más habituales en una sociedad española (ejercicio 2025)
Para diferenciarlas les asociaremos estos colores según sean deducibles o imponibles.
• 🟢 Deducible → genera Activo por Impuesto Diferido (4740 / 4745)
• 🔴 Imponible → genera Pasivo por Impuesto Diferido (479)
A. Inmovilizado material e intangible
- 🟢 Amortización fiscal acelerada / libertad amort. (art. 12.3 LIS, I+D, ERD).
- 🔴 Amortización contable más rápida que la fiscal (p. ej. intangibles 10 % contable vs 5 % fiscal).
- 🔴 Revalorización contable (NIC 16, PGC art. 40) no aceptada fiscalmente.
- 🟢 Provisiones por deterioro no deducibles hasta venta o baja (art. 13).
- 🔴 Deterioro fiscal reversión (cuando se revende un activo que se había deteriorado).
B. Arrendamientos y uso de activos
- 🔴 IFRS 16 / PGC NRV 9 ROU-asset: gasto contable menor al fiscal en primeros años.
- 🟢 Sale-and-lease-back art. 115: plusvalía diferida e imputada linealmente.
C. Existencias y contratos
- 🟢 Deterioro de existencias (NRV 10) no deducible hasta la venta efectiva.
- 🔴 Ingresos anticipados (clientes, IFRS 15) que ya son renta fiscal.
- 🟢 Costes de cumplimiento de contrato activados contablemente y deducidos al incurrir.
D. Provisiones y pasivos
- 🟢 Provisión por pleitos, garantías, reestructuración: deducible solo al hacerse firme (art. 13).
- 🔴 Reversión de provisiones deducidas en ejercicios previos.
- 🟢 Obligaciones por pensiones IAS 19 cuando las aportaciones fiscales se pagan en años futuros.
E. Instrumentos financieros
- 🔴 Valor razonable activo financiero (IFRS 9, pérdidas/gastos pendientes de realización fiscal).
- 🟢 Intereses implícitos o costes de transacción deducibles cuando se devengan fiscalmente pero ya expensados contablemente.
- 🔴 Cobertura de flujos de efectivo: OCI contable vs no imputación fiscal hasta re-clasificación.
F. Subvenciones y ayudas
- 🔴 Subvención de capital imputada a resultados contables en 5 años pero amortización fiscal ya acelerada (art. 10.3).
- 🔴 RIC y otras reservas: ingreso contable futuro vs reducción fiscal inmediata.
G. Impuestos y bases negativas
- 🟢 Bases Imponibles Negativas (BIN) pendientes (4745).
- 🟢 Deducciones fiscales pendientes (I+D, doble imposición) si se reconoce crédito contable.
- 🔴 Impuestos sobre beneficios diferidos en fusión neutral (assets toman valor fiscal antiguo menor al contable).
H. Operaciones intragrupo / vinculadas
- 🟢 Pérdidas diferidas art. 15 k) por ventas de activos dentro del grupo que siguen afectos.
- 🔴 Canje de valores / fusiones neutral: plusvalía diferida que se integrará cuando se venda la filial.
I. Moneda extranjera
- 🟢 Diferencias de cambio negativas contables re-cualificadas fiscalmente cuando se liquida la partida.
- 🔴 Conversiones positivas no gravadas contables vs realizables fiscal.
J. Derechos de uso, concesiones y licencias
- 🟢 Canon de concesiones pagado por adelantado activado contable, deducible lineal fiscal.
- 🔴 Pago variable diferido (success fees) incluido contablemente antes de ser exigible fiscal.
K. Otros casos singulares
- 🔴 Reserva de capitalización: reducción fiscal sin gasto contable.
- 🟢 Indemnizaciones de seguros diferidas (art. 15 f): renta exenta inicial vs amortización futura.
- 🔴 Goodwill amortizable fiscal (5 %) cuando contablemente no se amortiza pero se deteriora.
Cómo usar la lista
- Escanea tu balance y PyG buscando cada tipo.
- Anota valor contable y valor fiscal → calcula diferencia.
- Etiqueta 🟢 o 🔴 y registra 4740/4745 o 479 con su contrapartida 6303/6302.
- Agenda la reversión: en qué año desaparecerá la brecha.
Mantener este inventario actualizado garantiza que el gasto por impuesto sobre beneficios refleje fielmente la realidad y que no aparezcan sorpresas en inspección o auditoría.
Consejos finos para un control robusto
- Sincroniza el módulo de inmovilizado con fiscal: la diferencia de amortización es la fuente nº 1 de temporarias.
- Etiquetas automáticas: configura tu ERP para que cada asiento de provisión lleve un flag “deducible sí/no” y la fecha prevista de deducción.
- Flujo de aprobación de DTAs: exige sign-off de Controller + Tax Manager si superan un umbral (p. ej. 50 k €).
- Cuadros de mando: visualiza la pirámide de diferidos (qué % revierte < 3 a, 3-5 a, > 5 a) → ayuda a prever tipo efectivo futuro.
- Reunión auditor–tax: al inicio del trabajo, concilia definitions de temporarias para evitar ajustes de última hora.
Mini-caso ilustrado (todo en euros)
| Concepto | Año 0 | Año 1 | Año 2 |
|---|---|---|---|
| Diferencia deducible (mueble amort. fiscal 100 %) | –90 000 | –72 000 | –54 000 |
| DTA (25 %) | 22 500 | 18 000 | 13 500 |
| Reversión registrada | — | +4 500 (Dr 6302/Cr 4740) | +4 500 |
¿Qué ocurre? Cada año, al desaparecer 18 000 € de diferencia, se cancela 4 500 € de activo diferido y se carga a PyG como gasto diferido.
Diferencia temporaria ≠ ajuste permanente
- Permanentes: nunca revierten (multas art. 15 c, donativos…).
- Temporarias: siempre revierten, por eso generan 4740/4745/479.
El primer trabajo del gestor fiscal es clasificar bien: si confundes una multa con una temporaria crearás un DTA que nunca se materializará – y el auditor te lo echará abajo.
Conclusión
Ver, clasificar y medir las diferencias temporarias es el corazón de la contabilidad fiscal. No basta con “cargar a 4740”: hay que probar la recuperación, llevar agenda de reversión y cuadrar cada año con el gasto total por IS. Con un proceso y control claros, evitarás sorpresas tanto en auditoría como en inspección.