PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD ESPAÑOL>NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN>>NVR 6 – Normas particulares sobre el inmovilizado intangible
Resumen
La NRV 6 complementa la NRV 5, abordando situaciones específicas relacionadas con el inmovilizado intangible. Establece criterios para:
- Gastos de investigación y desarrollo.
- Propiedad intelectual.
- Derechos de traspaso.
- Aplicaciones informáticas.
- Concesiones administrativas.
- Fondo de comercio.
- Contratos de franquicia.
Estas normas particulares proporcionan directrices específicas para el reconocimiento, valoración y amortización de estos activos intangibles.
Explicación
1. Gastos de investigación y desarrollo
- Investigación: Los gastos de investigación deben registrarse como gasto del ejercicio como regla general. Sin embargo, se permite su activación si existen motivos fundados de éxito técnico y rentabilidad económica, además de la obligatoriedad de facilitar información individualizada por proyecto y costes en la Memoria.
- Desarrollo: Los gastos de desarrollo se deben activar obligatoriamente si se cumple que existen expectativas de éxito técnico y comercial, y se informa en la Memoria. Éstos no se empiezan a amortizar hasta que no finalice el desarrollo. El criterio de amortización es la vida útil, con un límite de cinco años que admite prueba en contrario.
2. Propiedad intelectual
- Obra audiovisual: La vida útil de estos activos es el periodo en el cual se estima que contribuirán a la generación de ingresos para la empresa. Salvo prueba de lo contrario, este plazo no será superior a cinco años. El método de amortización debe prestar atención a la naturaleza del activo, cuyo patrón de consumo está muy vinculado a la difusión de la obra en los primeros años de explotación.
- Fondos editoriales: Las cuotas de amortización de los derechos de autor se basarán en las expectativas racionales de generación de ventas o «descargas» por acceso digital a la obra. Es decir, con medidas en unidades físicas y mediante revisión anual del plan inicial de amortización trazado en función de las desviaciones entre los importes previstos y los realizados y de las nuevas expectativas aparecidas de explotación futuras del correspondiente derecho de autor.)
3. Derechos de traspaso
Los derechos de traspaso deberán amortizarse en su vida útil, plazo que no podrá ser superior a la duración del contrato de arrendamiento, teniendo en cuenta, en su caso, las posibles prórrogas que se pudiesen acordar.
4. Aplicaciones informáticas
Se aplicarán los mismos criterios de registro y amortización que los establecidos para los gastos de desarrollo (límite cinco años). En cualquier caso, considerando la obsolescencia tecnológica que afecta a las aplicaciones informáticas, la mejor estimación de la vida útil de una página web según los coeficientes de amortización debe ser un corto intervalo de tiempo durante el periodo impositivo.(Asesor Excelente)
5. Concesiones administrativas
Las concesiones administrativas deberán ser objeto de amortización en el plazo concesional y el criterio de depreciación será lineal. Así deberá ser salvo que pueda estimarse un patrón de uso con fiabilidad por referencia a la «demanda o utilización» del servicio público medida en unidades físicas.
6. Fondo de comercio
Al ser un activo de vida útil definida, se amortizará durante su vida útil, que salvo en prueba en contrario, será de diez años y su recuperación de amortización lineal según el código de comercio.
7. Contratos de franquicia
Estos contratos deberán amortizarse de forma sistemática durante el periodo en que contribuya a la obtención de ingresos. En este caso, no puede exceder el plazo de duración del contrato de franquicia, teniendo en cuenta las posibles prórrogas que se pudiesen acordar.
Ejemplos prácticos
- Gastos de investigación y desarrollo
- Una empresa realiza un proyecto de investigación con costes de 100.000 €. Si existen motivos fundados de éxito técnico y rentabilidad económica, se pueden activar estos gastos y amortizarlos en un plazo de cinco años.
- Propiedad intelectual – Obra audiovisual
- Una productora adquiere los derechos de una película por 500.000 €. Estima que generará ingresos durante los próximos cinco años, por lo que amortiza el coste en ese periodo.
- Derechos de traspaso
- Una empresa adquiere el derecho de traspaso de un local comercial por 50.000 € con un contrato de arrendamiento de diez años. Amortiza el coste del derecho de traspaso en diez años.
- Aplicaciones informáticas
- Una empresa desarrolla una aplicación informática interna con un coste de 200.000 €. Estima una vida útil de cinco años y amortiza el coste en ese periodo.
- Concesiones administrativas
- Una empresa obtiene una concesión administrativa para operar un servicio público durante 15 años. Amortiza el coste de la concesión de forma lineal durante ese periodo.
- Fondo de comercio
- Una empresa adquiere otra por 1.000.000 €, de los cuales 200.000 € se asignan al fondo de comercio. Amortiza el fondo de comercio en diez años, salvo que pueda justificar una vida útil diferente.
- Contratos de franquicia
- Una empresa firma un contrato de franquicia por cinco años con un coste de 100.000 €. Amortiza el coste del contrato de forma lineal durante esos cinco años.
Estas normas particulares permiten un tratamiento contable adecuado de situaciones específicas relacionadas con el inmovilizado intangible, asegurando la imagen fiel de las cuentas anuales.