Plan General de Contabilidad español>El Cuadro de Cuentas>Grupo 10 Financiación básica>Subgrupo 12 – Resultados pendientes de aplicación>>Cuenta contable 122 PGC-Aportaciones de socios para compensación de pérdidas
Cuenta 122 «Aportaciones de socios para compensación de pérdidas»
(vigente en el PGC 1990 y todavía citada en la práctica, pero eliminada en el PGC 2007/2021)
1. Situación normativa
Plan | ¿Existe la 122? | Cuenta equivalente hoy |
---|---|---|
PGC 1990 | Sí. Se incluía en el subgrupo 12 «Resultados pendientes de aplicación». | – |
PGC 2007 → 2021 (vigente) | No. El subgrupo 12 solo contiene 120, 121 y 129. | 118 «Aportaciones de socios o propietarios» |
Doctrina profesional actual | Se admite abrir subcuentas 118.0x para diferenciar las aportaciones “para pérdidas”, manteniendo la lógica contable histórica. |
Clave La función económica de la antigua 122 no ha desaparecido; simplemente se ha reubicado dentro de la 118.
2. Definición clásica (PGC 1990)
«Cantidades entregadas por los socios con el objeto de compensar pérdidas de la sociedad, incluyendo, entre otras, las subvenciones entregadas por los socios por este concepto.»
Saldo acreedor; forma parte del Patrimonio Neto hasta que se utilice para cubrir pérdidas, capitalizarse o devolverse.
3. Funcionamiento resumido (válido hoy usando 118.xx)
Operación | Asiento tipo |
---|---|
Aportación dineraria para cubrir pérdidas | Debe 57x Bancos A Haber 118.01 Aport. socios p/ pérdidas |
Aplicación a pérdidas acumuladas | Debe 118.01 A Haber 121 Resultados negativos ej. ant. |
Capitalización de la aportación | Debe 118.01 A Haber 100 Capital social (y 110 si hay prima) |
Devolución a los socios (si la junta lo acuerda) | Debe 118.01 A Haber 57x Bancos |
(Si prefieres seguir la numeración histórica, basta con sustituir 118.01 por 122 en los mismos asientos.)
4. Ejemplo completo
- Los socios ingresan 50 000 € para sanear un déficit acumulado.
- 572 Bancos …… 50 000 a 118.01 Aport. socios p/ pérdidas …… 50 000
- Compensación de pérdidas (saldo 121 = –40 000 €).
- 118.01 …… 40 000 a 121 Resultados negativos ej. ant. …… 40 000
- Excedente no utilizado (10 000 €): la junta decide capitalizarlo.
- 118.01 …… 10 000 a 100 Capital social …… 10 000
5. Tratamiento fiscal y mercantil
- Impuesto sobre Sociedades: la aportación no genera ingreso ni gasto si se realiza a prorrata entre todos los socios. La devolución tributa como distribución de prima (operaciones societarias, art. 19 TRLITPAJD).
- Ley de Sociedades de Capital: al aumentar fondos propios sin ampliar capital, mejora el ratio de patrimonio neto/capital y puede evitar la causa de disolución por pérdidas (art. 363.1 e LSC).
- Documentación: conviene dejar constancia en acta de la junta y, si se desea seguridad jurídica, formalizar escritura ‒aunque no sea obligatorio-.
6. Conexión con las NIIF
Aspecto | PGC (118/antigua 122) | IFRS (IAS 32 & Marco conceptual) |
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Naturaleza | Equity («Other contributions by owners») | Equity: transacción entre la entidad y sus propietarios en su condición de tales. |
Reconocimiento inicial | Directo en patrimonio, sin pasar por PyG | Igual. |
Reembolso/capitalización | Movimiento interno dentro de equity | Id. |
Conclusión práctica
- Si trabajas con el PGC 2021, usa la 118 (y, si lo deseas, crea subcuentas 118.0x) para registrar estas aportaciones.
- Si revisas cuentas históricas (antes de 2008) o documentación heredada, te encontrarás con la 122; basta con mapearla a la 118 para mantener la continuidad.
- En ambos casos, las aportaciones no afectan al resultado y deben aplicarse conforme decida la junta: cubrir pérdidas, capitalizarse o devolverse.