Plan General de Contabilidad español>El Cuadro de Cuentas>Grupo 10 Financiación básica>Subgrupo 11— Reservas y otras partidas similares>>Cuenta contable 113 del PGC-Reservas voluntarias
Cuenta 113 «Reservas voluntarias» (PGC 2021)
Definición literal y movimiento
«Son las constituidas libremente por la empresa.
Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 112 […]. Cuando haya cambios de criterio contable o correcciones de errores, el ajuste acumulado se imputará a reservas de libre disposición —por defecto, a la 113— y también se usarán para registrar los gastos de transacción de instrumentos de patrimonio propio.”
En otras palabras, la 113 recoge los beneficios retenidos que la sociedad puede disponer libremente, siempre que no existan límites legales (p. ej. cubrir fondo de comercio, art. 273.4 LSC) ni pérdidas pendientes de compensar.
1 · Funcionamiento resumido
Operación (resumen) | Apunte típico |
---|---|
Dotar la reserva con beneficios | 129 Resultado del ejercicio → 113 |
Distribuir la reserva (dividendo) | 113 → 557 Dividendos a pagar (o 572 Bancos, al pagar) |
Compensar pérdidas | 113 → 121 Pérdidas acumuladas |
Capitalizar (ampliar capital) | 113 → 100 Capital social (y 110 Prima) |
Error / cambio de criterio (efecto neto acreedor) | Ajuste directo a 113, sin pasar por PyG |
Gastos de transacción de acciones propias | 113 ← (importe del gasto) con cargo a subgrupo 57 |
(El saldo es siempre acreedor y forma parte del Patrimonio Neto; los traspasos no generan ingresos ni gastos.)
2 · Asientos ilustrativos (formato narrativo)
2.1 Dotación de 20 000 € a reserva voluntaria
Debe
- 129 Resultado del ejercicio … 20 000 €
Haber
- 113 Reservas voluntarias … 20 000 €
2.2 Distribución de 15 000 € en dividendos con cargo a la 113
Debe
- 113 Reservas voluntarias … 15 000 €
Haber
- 557 Dividendos a pagar … 15 000 €
(Al pagar, se debita 557 y se acredita 572 Bancos.)
2.3 Compensación de pérdidas acumuladas de 8 000 €
Debe
- 113 Reservas voluntarias … 8 000 €
Haber
- 121 Pérdidas acumuladas … 8 000 €
2.4 Capitalización total de 50 000 € de reserva voluntaria
Debe
- 113 Reservas voluntarias … 50 000 €
Haber
- 100 Capital social … 50 000 €
3 · Doctrina ICAC (BOICAC) que la afecta
BOICAC | Tema | Idea clave |
---|---|---|
75/2008 – Consulta 10 | Regularización de provisión para impuestos de ejercicios anteriores | Si la provisión (141) nunca se registró, la regularización se abona contra la 113; si solo cambia la estimación, se usa PyG. |
108/2017 – (Extracto) | Reserva por fondo de comercio | El exceso de la «reserva por fondo de comercio» sobre el valor del intangible se reclasifica a la 113. |
Estas consultas refuerzan que la 113 actúa como colchón de ajustes patrimoniales: errores, reclasificaciones, provisiones no registradas, etc., siempre que no exista reserva específica obligatoria.
4 · Relación con NIIF / NIF
Aspecto | PGC (cuenta 113) | NIIF (IAS 1) |
---|---|---|
Naturaleza | Reserva de libre disposición (equity) | “Other reserves” o “Retained earnings” |
Dotación / uso | Movimientos directos en Patrimonio Neto | Id. (no normas de dotación mínimas) |
Divulgación | Detalle en Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y nota de aplicación del resultado | Requiere desglosar la naturaleza y restricción de cada reserva (IAS 1 §79 b) |
5 · Efecto en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias
- Dotar la 113 (129 → 113) no altera el resultado: solo redistribuye el beneficio ya reconocido.
- Ajustes de errores/cambios se reflejan directamente en la 113, de acuerdo con la NRV 22ª, sin pasar por PyG.
- Distribución o capitalización de la reserva tampoco genera nuevos ingresos ni gastos: son movimientos internos de Patrimonio Neto.
Idea clave
La 113 «Reservas voluntarias» es la “hucha” libre de la sociedad: sirve para retener beneficios, absorber pérdidas, financiar ampliaciones de capital o atender ajustes patrimoniales. Su manejo correcto garantiza:
- Cumplir con las restricciones legales (fondo de comercio, pérdidas, dividendos).
- Presentar fielmente los movimientos en el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.
- Evitar usar la PyG cuando la norma exige un ajuste directo a patrimonio.