Cuenta contable 109 PGC-Acciones o participaciones propias para reducción de capital

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1. Definición oficial (PGC 2021)

Cuenta 109 “Acciones o participaciones propias para reducción de capital”
Acciones o participaciones propias adquiridas por la empresa en ejecución de un acuerdo de reducción de capital adoptado por la junta general (art. 170 TRLSA y art. 40 LSRL).
Se presenta en el patrimonio neto con signo negativo.
Movimiento
Cargo por la adquisición (abono habitual a cuentas del subgrupo 57).
Abono cuando se inscribe la reducción: se carga la 100 por el nominal y la diferencia entre coste y nominal se lleva a reservas (subgrupo 11).

(La 109 no tiene subcuentas; se distingue de la 108 porque, desde el inicio, la finalidad es amortizar las acciones.)


2. Ejemplo contable

PasoAsiento simplificadoExplicación
Compra 10 000 acciones (€5 nominal) a €6 para amortizar109 “Acc. propias p/RC” 60 000 D57 Banco 60 000 HCoste total (10 000 × 6).
Ejecutar reducción (escritura inscrita)100 Capital social 50 000 D11x Reservas ¹ 10 000 D109 60 000 HBaja capital por nominal; el sobreprecio reduce reservas.

¹ Reserva por capital amortizado (1142) o voluntarias, según acuerdo.


3. Conexión con NIIF

NormaTratamientoCoincidencia
IAS 32 §§33-34Las “treasury shares” se deducen del equity; compra-venta / cancelación no genera PyG. Igual criterio.
NIIF-Pymes §22.16El importe pagado por acciones propias se resta del patrimonio; no hay resultado. Idem.
PGC 2021Cuenta 109 resta PN; diferencias a reservas.

4. Pronunciamientos BOICAC relevantes

ConsultaCriterioRelación con 109
BOICAC 40-3 (1999) (ICAC)Reducción de capital con acciones propias: 100 por nominal y reservas por diferencia.Confirma el asiento mostrado.
BOICAC 117-5 (2019)Autocartera: plazos y límites.Si la compra se destina a amortizar, debe registrarse en 109 y revelarse la meta en memoria.

5. Impacto en las cuentas anuales

  1. Balance – 109 aparece restando el epígrafe “Acciones propias y otras” del patrimonio neto hasta que la reducción se inscribe.
  2. ECPN – La compra figura en “Otras operaciones con socios”; la amortización reclasifica 109 a capital (-) y reservas (-), sin tocar la PyG.
  3. Memoria – Debe detallar nº de títulos, valor nominal, % capital, importe desembolsado, finalidad (reducción), fechas y reservas utilizadas (Nota 8).
  4. Flujos de efectivo – Pagos y cobros por autocartera: actividad de financiación.
  5. Ratios legales – La 109 disminuye el PN disponible para dividendos y para la prueba de equilibrio patrimonial (art. 363 LSC).

6. Diferencias 108 vs 109

Aspecto108 “Situaciones especiales”109 “Para reducción de capital”
Finalidad inicialIndeterminada (venta, incentivos, estabilización)Amortizar acciones (reducción)
Plazo legal3–5 años (art. 146 LSC)Hasta inscribir la reducción
ReclasificaciónSi después se decide amortizar ⇒ 108 → 109No procede

7. Resumen operativo

FaseAcciónControl clave
1. Junta acuerda reducciónRegistrar compra en 109Verificar límite 10 % del capital y dotar reserva 1142 si procede.
2. Compra de acciones109 a 57Documentar precio y gastos.
3. Escritura e inscripciónDar de baja 109, 100 y ajustar reservasInscripción registral dentro de plazo legal.
4. Cierre del ejercicioBalance, ECPN, MemoriaMostrar efectos sobre PN y dividendos.

Idea clave
La 109 refleja autocartera destinada a amortización: se deduce del patrimonio neto, y la cancelación posterior afecta solo a capital y reservas, nunca al resultado. El tratamiento español encaja plenamente con IAS 32 y la NIIF-Pymes y se ve corroborado por los criterios del ICAC para operaciones de reducción de capital.