Plan General de Contabilidad español>El Cuadro de Cuentas>Grupo 1 Financiación básica>Subgrupo 10: capital>>Cuenta contable 109 PGC-Acciones o participaciones propias para reducción de capital
1. Definición oficial (PGC 2021)
Cuenta 109 “Acciones o participaciones propias para reducción de capital”
Acciones o participaciones propias adquiridas por la empresa en ejecución de un acuerdo de reducción de capital adoptado por la junta general (art. 170 TRLSA y art. 40 LSRL).
Se presenta en el patrimonio neto con signo negativo.
Movimiento
Cargo por la adquisición (abono habitual a cuentas del subgrupo 57).
Abono cuando se inscribe la reducción: se carga la 100 por el nominal y la diferencia entre coste y nominal se lleva a reservas (subgrupo 11).
(La 109 no tiene subcuentas; se distingue de la 108 porque, desde el inicio, la finalidad es amortizar las acciones.)
2. Ejemplo contable
Paso | Asiento simplificado | Explicación |
---|---|---|
Compra 10 000 acciones (€5 nominal) a €6 para amortizar | 109 “Acc. propias p/RC” 60 000 D57 Banco 60 000 H | Coste total (10 000 × 6). |
Ejecutar reducción (escritura inscrita) | 100 Capital social 50 000 D11x Reservas ¹ 10 000 D109 60 000 H | Baja capital por nominal; el sobreprecio reduce reservas. |
¹ Reserva por capital amortizado (1142) o voluntarias, según acuerdo.
3. Conexión con NIIF
Norma | Tratamiento | Coincidencia |
---|---|---|
IAS 32 §§33-34 | Las “treasury shares” se deducen del equity; compra-venta / cancelación no genera PyG. | Igual criterio. |
NIIF-Pymes §22.16 | El importe pagado por acciones propias se resta del patrimonio; no hay resultado. | Idem. |
PGC 2021 | Cuenta 109 resta PN; diferencias a reservas. | — |
4. Pronunciamientos BOICAC relevantes
Consulta | Criterio | Relación con 109 |
---|---|---|
BOICAC 40-3 (1999) (ICAC) | Reducción de capital con acciones propias: 100 por nominal y reservas por diferencia. | Confirma el asiento mostrado. |
BOICAC 117-5 (2019) | Autocartera: plazos y límites. | Si la compra se destina a amortizar, debe registrarse en 109 y revelarse la meta en memoria. |
5. Impacto en las cuentas anuales
- Balance – 109 aparece restando el epígrafe “Acciones propias y otras” del patrimonio neto hasta que la reducción se inscribe.
- ECPN – La compra figura en “Otras operaciones con socios”; la amortización reclasifica 109 a capital (-) y reservas (-), sin tocar la PyG.
- Memoria – Debe detallar nº de títulos, valor nominal, % capital, importe desembolsado, finalidad (reducción), fechas y reservas utilizadas (Nota 8).
- Flujos de efectivo – Pagos y cobros por autocartera: actividad de financiación.
- Ratios legales – La 109 disminuye el PN disponible para dividendos y para la prueba de equilibrio patrimonial (art. 363 LSC).
6. Diferencias 108 vs 109
Aspecto | 108 “Situaciones especiales” | 109 “Para reducción de capital” |
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Finalidad inicial | Indeterminada (venta, incentivos, estabilización) | Amortizar acciones (reducción) |
Plazo legal | 3–5 años (art. 146 LSC) | Hasta inscribir la reducción |
Reclasificación | Si después se decide amortizar ⇒ 108 → 109 | No procede |
7. Resumen operativo
Fase | Acción | Control clave |
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1. Junta acuerda reducción | Registrar compra en 109 | Verificar límite 10 % del capital y dotar reserva 1142 si procede. |
2. Compra de acciones | 109 a 57 | Documentar precio y gastos. |
3. Escritura e inscripción | Dar de baja 109, 100 y ajustar reservas | Inscripción registral dentro de plazo legal. |
4. Cierre del ejercicio | Balance, ECPN, Memoria | Mostrar efectos sobre PN y dividendos. |
Idea clave
La 109 refleja autocartera destinada a amortización: se deduce del patrimonio neto, y la cancelación posterior afecta solo a capital y reservas, nunca al resultado. El tratamiento español encaja plenamente con IAS 32 y la NIIF-Pymes y se ve corroborado por los criterios del ICAC para operaciones de reducción de capital.