Cuenta 472 PGC– Hacienda Pública, IVA soportado

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Cuenta 472 – Hacienda Pública, IVA soportado

Definición Plan General de Contabilidad

«IVA devengado con motivo de la adquisición de bienes y servicios y de otras operaciones comprendidas en el texto legal, que tenga carácter deducible.

Movimiento
a) Se cargará
  a1) Por el importe del IVA deducible cuando se devengue el impuesto, con abono a proveedores, acreedores o tesorería.
  a2) Por las diferencias positivas surgidas en la regularización de prorrata (abono a 639).

b) Se abonará
  b1) Por el IVA deducible que se compensa en la declaración-liquidación del periodo (cargo a 477).
  b2) Por las diferencias negativas de prorrata (cargo a 634).

c) Se cargará o abonará por rectificaciones de precio, devoluciones, descuentos, etc., contra cuentas de grupos 1, 2, 4 o 5.

Ubicación en balance: Activo corriente (epígrafe III «Deudores y otras cuentas a cobrar»).


Explicación práctica

¿Cuándo se carga (Debe)?¿Cuándo se abona (Haber)?
• Recibes una factura con IVA deducible (compras, gastos). • Devengas IVA a la importación (DUA). • Aumenta el IVA deducible al ajustar la prorrata definitiva.• Emites o recibes una factura rectificativa (devolución, descuento). • Liquidación periódica del impuesto (contra 477). • La prorrata definitiva reduce el IVA deducible.

Regla de oro: 472 solo muestra IVA deducible; el no deducible se lleva directamente a gasto o inmovilizado.

Subcuentas recomendadas

  • 4720 IVA 21 % (general)
  • 4721 IVA 10 % (reducido)
  • 4722 IVA 4 % (super-reducido)
  • 4726 IVA importaciones
  • 4727 Intracomunitario (ISP)
  • 4728 Inversión sujeto pasivo
    (Amplía la codificación si gestionas varios tipos simultáneamente.)

Asientos básicos

Compra interior (1 000 € + 21 %):

600 Compras………………. 1 000  
472 HP IVA soportado……   210  
      a 400 Proveedores……… 1 210

Liquidación trimestral
(IVA repercutido 10 000 €, soportado 8 000 € → cuota a pagar 2 000 €):

477 HP IVA repercutido…… 10 000  
          a 472 HP IVA soportado……  8 000  
          a 4750 HP IVA acreedor…… 2 000

Pago del IVA

4750 HP IVA acreedor…… 2 000  
          a 572 Bancos……………. 2 000

Prorrata y bienes de inversión

Al cierre, compara la prorrata provisional (usada todo el año) con la definitiva:

  • Si la definitiva > provisional → carga 472 y abona 639 (ajuste positivo).
  • Si la definitiva < provisional → abona 472 y carga 634 (ajuste negativo). (boe.es)

Relación con otras cuentas

  • 477 (IVA repercutido): contrapartida en la liquidación.
  • 4700 (H.P. deudora por IVA): se usa si la liquidación sale a devolver y el saldo queda pendiente.
  • 4750 (H.P. acreedora por IVA): recoge la cuota a ingresar.

Controles de cierre

  1. Conciliación: saldo 472 + 477 = casillas del último Modelo 303.
  2. Reclasificación: solicitudes de devolución > 12 meses → 4700 ► 4708.
  3. Revisión de prorrata y de bienes de inversión (art. 107 LIVA).
  4. Errores frecuentes: registrar IVA no deducible (vehículos turismo, atenciones al personal, etc.) o no aplicar la inversión del sujeto pasivo en servicios de construcción y chatarra.

Resumen

La cuenta 472 es el «bolsillo» donde se acumula todo el IVA soportado que la empresa espera recuperar, ya sea compensándolo contra el IVA repercutido o solicitando su devolución.

  • Siempre nace en el Debe con cada compra deducible.
  • Se vacía al liquidar el impuesto (contra 477) o al ajustar devoluciones, prorrata y rectificaciones.
  • Su saldo final debe ser cero tras cada liquidación salvo que quede crédito fiscal (que se trasladará a 4700).

Dominar su lógica garantiza que tus declaraciones 303/390 cuadren al céntimo y evita sanciones innecesarias.