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Cuenta 472 – Hacienda Pública, IVA soportado
Definición Plan General de Contabilidad
«IVA devengado con motivo de la adquisición de bienes y servicios y de otras operaciones comprendidas en el texto legal, que tenga carácter deducible.
Movimiento
a) Se cargará
a1) Por el importe del IVA deducible cuando se devengue el impuesto, con abono a proveedores, acreedores o tesorería.
a2) Por las diferencias positivas surgidas en la regularización de prorrata (abono a 639).b) Se abonará
b1) Por el IVA deducible que se compensa en la declaración-liquidación del periodo (cargo a 477).
b2) Por las diferencias negativas de prorrata (cargo a 634).c) Se cargará o abonará por rectificaciones de precio, devoluciones, descuentos, etc., contra cuentas de grupos 1, 2, 4 o 5.
Ubicación en balance: Activo corriente (epígrafe III «Deudores y otras cuentas a cobrar»).
Explicación práctica
| ¿Cuándo se carga (Debe)? | ¿Cuándo se abona (Haber)? |
|---|---|
| • Recibes una factura con IVA deducible (compras, gastos). • Devengas IVA a la importación (DUA). • Aumenta el IVA deducible al ajustar la prorrata definitiva. | • Emites o recibes una factura rectificativa (devolución, descuento). • Liquidación periódica del impuesto (contra 477). • La prorrata definitiva reduce el IVA deducible. |
Regla de oro: 472 solo muestra IVA deducible; el no deducible se lleva directamente a gasto o inmovilizado.
Subcuentas recomendadas
- 4720 IVA 21 % (general)
- 4721 IVA 10 % (reducido)
- 4722 IVA 4 % (super-reducido)
- 4726 IVA importaciones
- 4727 Intracomunitario (ISP)
- 4728 Inversión sujeto pasivo
(Amplía la codificación si gestionas varios tipos simultáneamente.)
Asientos básicos
Compra interior (1 000 € + 21 %):
600 Compras………………. 1 000
472 HP IVA soportado…… 210
a 400 Proveedores……… 1 210
Liquidación trimestral
(IVA repercutido 10 000 €, soportado 8 000 € → cuota a pagar 2 000 €):
477 HP IVA repercutido…… 10 000
a 472 HP IVA soportado…… 8 000
a 4750 HP IVA acreedor…… 2 000
Pago del IVA
4750 HP IVA acreedor…… 2 000
a 572 Bancos……………. 2 000
Prorrata y bienes de inversión
Al cierre, compara la prorrata provisional (usada todo el año) con la definitiva:
- Si la definitiva > provisional → carga 472 y abona 639 (ajuste positivo).
- Si la definitiva < provisional → abona 472 y carga 634 (ajuste negativo). (boe.es)
Relación con otras cuentas
- 477 (IVA repercutido): contrapartida en la liquidación.
- 4700 (H.P. deudora por IVA): se usa si la liquidación sale a devolver y el saldo queda pendiente.
- 4750 (H.P. acreedora por IVA): recoge la cuota a ingresar.
Controles de cierre
- Conciliación: saldo 472 + 477 = casillas del último Modelo 303.
- Reclasificación: solicitudes de devolución > 12 meses → 4700 ► 4708.
- Revisión de prorrata y de bienes de inversión (art. 107 LIVA).
- Errores frecuentes: registrar IVA no deducible (vehículos turismo, atenciones al personal, etc.) o no aplicar la inversión del sujeto pasivo en servicios de construcción y chatarra.
Resumen
La cuenta 472 es el «bolsillo» donde se acumula todo el IVA soportado que la empresa espera recuperar, ya sea compensándolo contra el IVA repercutido o solicitando su devolución.
- Siempre nace en el Debe con cada compra deducible.
- Se vacía al liquidar el impuesto (contra 477) o al ajustar devoluciones, prorrata y rectificaciones.
- Su saldo final debe ser cero tras cada liquidación salvo que quede crédito fiscal (que se trasladará a 4700).
Dominar su lógica garantiza que tus declaraciones 303/390 cuadren al céntimo y evita sanciones innecesarias.